Revista de la Academia de Derecho Fiscal del Estado de Baja California
gobernantes que ha tenido México, Santa Anna, presidente con licencia pero con un
gran encono en establecer dicho régimen, según se dice, para acrecentar su poder.
No obstante el corte centralista conservadora del modelo instaurado por esta
constitución, se conservó la división de poderes para el ejercicio de las funciones
públicas. Incluso se creó un cuarto poder formado por ciudadanos, que a su vez,
hubiesen desempeñado cargos públicos, como la presidencia, la vicepresidencia,
diputados, senadores o magistrados del poder judicial, ya que se consideraba que
eran aptos para revisar el ejercicio de las funciones a cargo de los otros poderes,
ejecutivo, legislativo y judicial, respectivamente.
En los 15 artículos de que constaba esta constitución, ya aparecían plasmados
algunos de los derechos fundamentales de los individuos, como la libertad de culto,
de tránsito, de imprenta, de inviolabilidad a la propiedad privada, derechos de los
ciudadanos (ciudadanía solo para quienes no fueran analfabetas y tuvieran un ingreso
determinado). El resto del articulado del texto constitucional en comento reguló la
estructura orgánica del Estado, así como su organización territorial. Posteriormente
este texto constitucional fue abrogado y se regresó al régimen liberal.
La Constitución de 1857.- Esta constitución introduce la idea del liberalismo
político, siendo su principal característica la abolición de los fueros y privilegios del
ejército y de la iglesia, sin embargo, no pudo establecerse el principio de libertad de
culto por presiones del sector secular, incluso bajo amenaza de excomunión a todos
aquellos quienes la promulgaran.
La vigencia de la constitución de 1857 enfrascó en una guerra de 10 años a los
liberales y a los conservadores. Al final, se volvió al liberalismo bajo los principios
sustentados por Benito Juárez con la victoria de la República.
En los debates que precedieron la expedición de la constitución de 1857, se
afianzó el principio relativo a su naturaleza perpetua, o en palabras del juez de perfil
liberal, Zerecero, mencionó que “la República tendrá un código fundamental, que
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