Revista de la Academia de Derecho Fiscal del Estado de Baja California
Facultad del Estado de organizar el Sistema Nacional de Planeación
A los artículos 25 y 26 se les menciona como el principio de rectoría económica
del Estado.
Derechos agrarios (artículo 27)
Derecho a la libre competencia (artículo 28)
Suspensión de derechos fundamentales solamente en caso de peligro a la paz
social o emergencias sanitarias (artículo 30).
Señala Manuel Atienza en su obra el sentido del Derecho13,que de acuerdo a un
consenso reciente, los derechos humanos se han convertido hoy en día en pruebas
para una teoría de la justicia, debido a que regularmente identificamos la justicia con
los derechos humanos, pensando en último de los casos que un ordenamiento
jurídico que no reconozca o que no sea capaz de proteger eficazmente los derechos
fundamentales de los individuos no podrá ser calificado como un orden justo.
Por eso examinamos la validez de una determinada concepción de la justicia
examinando que tipos de derechos se pueden extraer de sus principios y la manera
como aparecen fundamentados esos derechos.
Conforme lo señalado por Atienza, el consenso actual en torno a los derechos
humanos, es un hecho muy signicativo, lo anterior se manifiesta tal y como lo
señalamos en otro apartado del presente, en que ha llegado posterior a la segunda
guerra mundial, siendo que en el siglo XIX , los derechos humanos definían una cierta
concepción de la ética y la política: la de los liberales y la de algunos socialista
utópicos, aun y cuando anteriormente tanto el utilitarismo como el marxismo fueron
contarios a los derechos humanos.
13 Atienza, Manuel, el Sentido del Derecho, 2012 Editorial Planeta página. 229 a 236
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