Revista de la Academia de Derecho Fiscal del Estado de Baja California
medios electrónicos, sin brindar certeza alguna a los contribuyentes, así como la
creación de conductas delictivas; dichos cambios estructurales al Código Fiscal
Federal resultan el mecanismo perfecto para terminar de atornillar o amarrar los
diversos cambios en el resto de los preceptos que formaron parte de dicha reforma,
con fines de ampliar la base gravable.
Los delitos fiscales en la legislación mexicana están contenidos en el Código
Fiscal de la Federación y pertenece al campo de los denominados “Delitos
Especiales” por estar previstos en un ordenamiento diferente al Código Penal; para su
persecución dicho ordenamiento prevé tres requisitos: querella, declaratoria de
perjuicio o denuncia, dependiendo del delito de que se trate:
 CONTRABANDO
 PRESUNCIÓN DE CONTRABANDO
 EQUIPARABLE AL CONTRABANDO
 CONTRABANDO CALIFICADO
 DEFRAUDACIÓN FISCAL
 EQUIPARABLE A LA DEFRAUDACIÓN FISCAL
 DEFRAUDACIÓN FISCAL CALIFICADA
 DELITOS RELACIONADOS CON EL RFC
 DELITOS RELACIONADOS CON LA CONTABILIDAD
 DELITOS DE DEPOSITARIOS O INTERVENTORES INFIELES
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