Revista de la Academia de Derecho Fiscal del Estado de Baja California
ley en favor de otro. Finalmente, el tercer presupuesto implica que la garantía será
exigible siempre y cuando la actividad, aunque lícita, no afecte el derecho de la
sociedad, esto es, existe un imperativo que subyace frente al derecho de los
gobernados en lo individual, en tanto que existe un valor que se pondera y
asegura, que se traduce en la convivencia y bienestar social, lo que significa que
se protege el interés de la sociedad por encima del particular y, en aras de ese
interés mayor se limita o condiciona el individual cuando con éste puede afectarse
aquél en una proporción mayor del beneficio que obtendría el gobernado.
Época: Novena Época
Registro: 194152
Instancia: Pleno
Tipo de Tesis: Jurisprudencia
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Tomo IX, Abril de 1999
Materia(s): Constitucional
Tesis: P./J. 28/99
Página: 260
Acción de inconstitucionalidad 10/98. Minoría parlamentaria de la LXVIII Legislatura del Congreso del Estado de
Nuevo León. 25 de febrero de 1999. Unanimidad de diez votos. Ausente: José Vicente Aguinaco Alemán.
Ponente: Humberto Román Palacios. Secretario: Osmar Armando Cruz Quiroz.
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el cinco de abril en curso, aprobó, con el número 28/1999, la
tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a seis de abril de mil novecientos noventa y nueve.
El ejecutivo ha cometido un grave error, al impedir que los pequeños
contribuyentes (ahora régimen de incorporación fiscal) gocen de los beneficios de
cualquier importador inscrito en el padrón de importadores, esta omisión no solo
genera consecuencias nefastas en el control de las importaciones realizadas por los
pequeños importadores, favorece el contrabando y la informalidad, sino que también
afecta a sus prestadores de servicios que pretenden “apoyar” a estos micro
empresarios, como son las Comercializadoras. La Discriminación de los pequeños
contribuyentes, desalienta la introducción legal de mercancías, favorece la simulación
de operaciones al pretender acreditar con pedimentos de otras mercancías, las
mercancías que se encuentran ilegalmente en el país, con la intención de tener
utilidad y poder competir con los otros comerciantes que han hecho del contrabando
una práctica común, y no solo eso, ya que incrementa los costos del producto,
disminuyendo la utilidad de los comerciantes.
Pero esto es solo mi opinión la última palabra la tiene usted amable lector.
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