Revista de la Academia de Derecho Fiscal del Estado de Baja California
Gabino Fraga dice que “Atribuciones es lo que el Estado puede o debe hacer, su
actividad, y la forma del ejercicio de las atribuciones son las funciones”,34 y estas las
realiza a través de los Poderes Públicos.
1.7 Funciones del Estado
El estudio de las funciones del Estado “requiere como antecedente, el
conocimiento de la teoría de la división de poderes que es de donde deriva. Esta
última expuesta como una teoría política necesaria para combatir el absolutismo y
establecer un gobierno de garantías, principio básico de los estados modernos”.35
En el caso de México, la Constitución en su artículo 49, establece que “el
Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y
Judicial, además restringe el que se reúnan dos o más poderes en una sola persona o
corporación y que el legislativo recaiga en un individuo”, de forma que ha dejado el
primero en manos de un “Congreso General, dividido en dos cámaras, una de
diputados y otra de senadores” según su artículo 50, el segundo lo ha depositado en
el “Presidente de los Estados Unidos Mexicanos”, de acuerdo al artículo 80 y el
tercero lo confiere a la “Suprema Corte de Justicia de la Nación, Tribunal Electoral,
Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito, Juzgados de Distrito y al Consejo de la
Judicatura Federal”, por disposición del artículo 94. Sin embargo en México uno y otro
Poder realizan funciones de los otros.
1.8 Facultades concurrentes
La Carta Magna permite la concurrencia de funciones entre uno y los otros
poderes, de tal forma que el legislativo realiza funciones ejecutivas y judiciales, el
34 Fraga, Gabino, Op. cit. p. 17.
35 Ibid. p. 19.
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