Revista de la Academia de Derecho Fiscal del Estado de Baja California
En el caso de las reglas complementarias que emanan de las Secretarías y sus
dependencias, son un cumulo impresionante las que se emiten, modifican y anexan
en el transcurso de un ejercicio fiscal. Por mencionar un ejemplo, para el de 2014, del
día 30 de diciembre de 2013 al día 27 de enero de 2014 logramos identificar veintitrés
publicaciones en el Diario Oficial de la Federación con este tipo de contenido,
emitidas indistintamente por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o Secretaría
de Economía; sin embargo es una dinámica que no se detiene en todo el año,
cuestión que puede ser verificada en la compilación que hace el “portal del Servicio de
Administración Tributaria”,137 además que algunas de ellas son verdaderos libros de
más de un centenar de hojas.
En conclusión, encontramos que las Resolución Miscelánea Fiscal y las Reglas
de Carácter General en Materia de Comercio Exterior emitidas por la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, Secretaría de Economía y Servicio de Administración
Tributaria surgen en sustitución de acuerdos y circulares; que su objetivo inicialmente
era dar a conocer criterios o interpretaciones de disposiciones legales para facilitar el
trabajo de la administración tributaria; que a través del tiempo estas disposiciones se
han transformado en verdaderos actos reglamentarios, de carácter general y
abstracto, muchas de ellas crean, modifican o extinguen derechos y obligaciones, es
decir, actos jurídicos materialmente legislativos complementarios de normas fiscales;
que su fundamento se encuentra en leyes federales, pero no encuentran sustento
explícito en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; que en lo
particular consideramos que invaden la esfera de atribuciones del Poder Ejecutivo
Federal, aun cuando sea por delegación del Poder Legislativo Federal, así como del
Presidente de la República; no obstante que la Suprema Corte de Justicia de la
Nación las justifica, permitiendo que creen nuevas obligaciones a los gobernados y
declare que las Secretarías tienen atribuciones reglamentarias, pues su sustento es
en ejercicio de facultades implícitas del Congreso de la Unión. Estimamos que el
137 Servicio de Administración Tributaria,
http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normatividad/Paginas/resolucion_miscelanea_fiscal_2014.aspx,
(Consulta: 03 de mayo de 2014).
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