Revista de la Academia de Derecho Fiscal del Estado de Baja California
hecho de que un órgano del Estado tenga facultades implícitas, no representa que
pueda contravenir a los principios de la Ley Suprema; en este caso, el hecho que el
legislador tenga conferida la prerrogativa para expedir todas las leyes necesarias a
efecto de hacer efectivas sus facultades, no implica que pueda trasladar funciones
encomendadas exclusivamente a los Poderes de la Unión a otros entes. En
consecuencia, como resultado de nuestra investigación determinamos que la
Resolución Miscelánea Fiscal y las Reglas de Carácter General en Materia de
Comercio Exterior emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
Secretaría de Economía y Servicio de Administración Tributaria, cuando generen
nuevas obligaciones a los particulares o complementen Leyes, son violatorias del
Principio de legalidad.
Conclusiones.
Conforme a los objetivos de esta investigación, planteamos las siguientes
conclusiones:
1. Resolución Miscelánea Fiscal y Reglas de Carácter General en Materia
de Comercio Exterior. Son un conjunto de disposiciones de carácter general
y abstracto emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
Secretaría de Economía, y Servicio de Administración Tributaria; es decir,
actos materialmente legislativos.
2. Antecedentes y evolución. Surgen en sustitución de acuerdos y circulares,
su objetivo inicial era dar a conocer criterios o interpretaciones de
disposiciones legales para facilitar el trabajo de la administración tributaria y a
través del tiempo estas disposiciones se han transformado en verdaderos
actos reglamentarios.
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