Revista de la Academia de Derecho Fiscal del Estado de Baja California
CÓDIGO FEDERAL DE
PROCEDIMIENTOS
CIVILES
DOF 24-02-1943
CONVENCIÓN DE
VIENA SOBRE EL
DERECHO DE LOS
TRATADOS
(suscrita 23-05-
1969) en vigor 27-
01-1980
ARTÍCULO 271 (primer
párrafo).-
Las
actuaciones
judiciales y promociones
deben escribirse en
lengua española. Lo
que se presente escrito
en
EXTRANJERO
ARTICULO 26.-
Pacta sunt servanda
TODO TRATADO
EN VIGOR OBLIGA
A LAS PARTES y
debe ser cumplido
por ellas de buena
fe.
IDIOMA
se
acompañará de la
correspondiente
traducción
castellano.
al
[…]
Artículo 546.- Para que
hagan fe en la
República
los
DOCUMENTOS
PÚBLICOS
EXTRANJEROS,
deberán presentarse
legalizados por las
autoridades consulares
mexicanas competentes
conforme a las leyes
aplicables…
[…]
TRATADO DE
LIBRE COMERCIO
DE AMÉRICA DEL
NORTE
(vigente
1994)
01-01-
ARTÍCULO 2206:
TEXTOS
AUTÉNTICOS
Los textos en
español, francés e
INGLÉS de este
Tratado
SON
IGUALMENTE
AUTÉNTICOS
CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS
Artículo 1º(reformado 10-06-
2011).- En los Estados
Unidos Mexicanos todas las
personas gozarán de los
derechos
humanos
reconocidos en esta
Constitución y en los tratados
internacionales de los que el
Estado Mexicano sea parte,
así como de las garantías para
su protección, cuyo ejercicio
no podrá restringirse ni
suspenderse, salvo en los
casos y bajo las condiciones
que esta Constitución
establece.
Las normas relativas a los
derechos humanos se
interpretarán de conformidad
con esta Constitución y con los
tratados internacionales de la
materia favoreciendo en todo
tiempo a las personas la
protección más amplia.
Todas las autoridades, en el
ámbito de sus competencias,
tienen la obligación de
promover, respetar, proteger y
garantizar los derechos
humanos de conformidad con
los principios de universalidad,
interdependencia,
indivisibilidad y progresividad.
En consecuencia, el Estado
deberá prevenir, investigar,
sancionar y reparar las
violaciones a los derechos
352