Revista de la Academia de Derecho Fiscal del Estado de Baja California
desarrollados en leyes administrativas, cuya aplicación está encomendada a
diferentes autoridades administrativas federales, y cuya actuación es susceptible de
afectar esa esfera de derechos de los gobernados, quienes pueden plantear una
controversia de tipo jurisdiccional administrativo para hacer prevalecer los derechos
que tienen a la prestación de esos servicios públicos y acciones de desarrollo a que
está obligado el Estado, a través de sus dependencias y entidades.
IX. Caso práctico.
A continuación, conoceremos un caso práctico en el cual la Segunda Sección de
la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa ejerció
conjuntamente el control difuso de la constitucionalidad y de la convencionalidad.
Así, el acto impugnada era un crédito fiscal derivado de una visita domiciliara
tramitada en términos de las disposiciones del Código Fiscal de la Federación
vigentes hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil.
De modo que la actora planteaba que las referidas disposiciones no preveían un
plazo para que la autoridad notificara el crédito fiscal a partir del levantamiento del
acta final.
En consecuencia, la litis versaba en si dicha omisión legislativa es contraria al
principio de seguridad jurídica previsto en el artículo 16 constitucional, y si viciaba de
ilegalidad la visita domiciliaria y en consecuencia al crédito fiscal controvertido.
Por tanto, la Sección advirtió que la actora estaba planteando la
inconstitucionalidad de las disposiciones del Código Fiscal de la Federación que
regulaban la visita domiciliaria a que fue sujeta, lo cual implica orilló a la Sección
ejercer el control difuso de la constitucionalidad.
De ahí que se precisaron los alcances del derecho humano a la seguridad
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