Revista de la Academia de Derecho Fiscal del Estado de Baja California
fuentes. Cualquier plagio dará lugar a la reprobación
inmediata.
d) Los trabajos deberán ser presentados para la revisión de los
requisitos mínimos de calidad académica, la cual correrá a cargo
de dos Académicos designados por la Junta Directiva. Para tal
efecto, el trabajo se presentará por escrito con dos copias.
e) La revisión deberá concluir en: a) aprobación del trabajo; b)
proposición de mejorar al mismo, sin que ello implique cambio
en el criterio sustentado; c) reprobación del trabajo.
En el caso a) el sustentante presentará su trabajo en la fecha
que se le asigne.
En el caso b) el sustentante deberá efectuar las mejoras
propuestas para su revisión expedita por la Comisión, la cual se
le informará si se acepta. Si se acepta, presentará su trabajo en
la fecha asignada. En caso contrario deberá presentar
nuevamente su trabajo y se le asignará nueva fecha.
En el caso c) deberá volver a formular su trabajo,
interrumpiéndose su ingreso y repitiéndose el proceso de
revisión. Cuando esté aprobado se le asignará nueva fecha.
f) Aprobado en definitiva el trabajo, se presentará por escrito con
diez copias, y en un diskette en la siguiente forma: word, letra
arial de 12 puntos, altas y bajas, tamaño carta, margen izquierdo
3cm., margen derecho 2cm., margen superior 3cm., margen
inferior 2.5 cm.
g) La Junta Directiva señalara la fecha exposición del trabajo de
ingreso, la cual deberá ser en sesión solemne togada.
Artículo 8.- Tendrán el carácter de Académicos Honorarios quienes se hagan
acreedores a tal distinción en razón de sus méritos en el estudio, la enseñanza y la
investigación de la ciencia de las finanzas públicas y del derecho fiscal, así como
en el ejercicio de actividades relacionadas con la creación, aplicación e
interpretación de las normas y principios de estas disciplinas. Tal designación
podrá hacerse, indistintamente, por la Asamblea o por la Junta Directiva.
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