Revista de la Academia de Derecho Fiscal del Estado de Baja California
Lo que la gente piensa respecto al modo en que el Estado debería realizar sus
operaciones financieras está muy influido por su ideología política. A algunas
personas les preocupa sobre todo la libertad individual, mientras que otras están más
preocupadas por mejorar el bienestar de la comunidad en su conjunto.
Reducida a su esencia toda política es política fiscal: ¿A quién, cómo y por qué
le quitamos cuánto, para darle cuánto, a quién, cómo y por qué?2.
He ahí la cuestión.
Con motivo del equilibrio entre prerrogativas del Estado y derechos del
contribuyente, la recaudación no puede constituirse en un fin en sí mismo, sino que
debe ser entendida como el resultado de una obligación legal. El principio de legalidad
es su fuente, y es la ley la que impregna con su código genético los caracteres
estructurales del hecho imponible.3
El derecho no es un obstáculo para el desarrollo social, sino por el contrario, es
un agente eficaz para el cambio, y un régimen fiscal sin un sistema jurídico que
garantice seguridad y justicia, tendrá a largo plazo un fracaso inevitable.
Sabemos que no existen fórmulas simples y rápidas para estructurar reformas
congruentes y válidas a un sistema fiscal, y que para desarrollar cualquier reforma no
se debe partir de cero, de un sistema en blanco, debemos estar conscientes de la
estructura fiscal con que contamos, aprovechar al máximo sus beneficios y cortar de
tajo los perjuicios.
Nuestra Academia tiene como objeto (entre otros):
2 Ricardo Medina Macías, “El Desprestigio de la política”, Ideas al vuelo, Foro, El Economista, martes 15 de julio de
2003, p. 54.
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3 Alberto Tarsitano, “El arte de desplumar al ganso”. Discreción y discrecionalidad en la recaudación de impuestos.
p. 32.