Revista de la Academia de Derecho Fiscal del Estado de Baja California
fortaleza y templanza, las cuales conducen a la justicia como valor universal
de conducta.

En el año 304 (a.n.e.) Cneo Flavio, liberto de Appio Claudio, sustrae del colegio de
pontífices, el secreto de la interpretación y publica la lista de los días fastos y
nefastos, así como la fórmula de la legis actionis, esto inicia la escuela, la
academia y el ius flavianum, que a su vez, dará lugar al ius aelianum de Sexto
Aelio y Tiberio Coruncanio, así como la academia de jurisconsultos o
jurisprudentes, tan notable, que los magistrados acostumbraron someter a la
previa consideración de aquéllos, los negocios que debían resolver, configurando
los responsa prudentium.
En la época de Augusto se crea el Aula Regia o Consejo de Príncipe como parte
de la administración de justicia, destacando las academias o escuelas de los
proculeyanos y sabinianos, encabezados por Anteo Labeon y Ateyo Capiton, uno
en la oposición y el otro, académico del sistema, existiendo la unión perfecta entre
teoría y práctica, precisión del lenguaje, cualidades de análisis y deducción lógica,
que permite la descollante intervención de académicos como Gayo, Paulo, Celso,
Juliano, Marcelo, Ulpiano, Modestino y tantos otros, transformando el ius
responderé de iure, en el ius publice respondendi.

En nuestro país, podemos tomar en cuenta la actividad desplegada por el Topilzin
Ce Acatl, Quetzalcóatl, quien en el Siglo V desciende de Tepotztlán, en el actual
Estado de Morelos y funda la Universidad de Xochicalco, de importancia
fundamental para Mesoamérica, hasta el Siglo VIII. De igual manera, son
trascendentes las academias mexica-tenochcas del Calmecac y del Tetpochcalli,
que aún existían en el momento de la conquista, las cuales sirvieron de apoyo
administrativo y bélico a la sociedad precolombina.
Posteriormente, aparte de la Academia de las Tres Nobles Artes de San Carlos de
la Nueva España, fundada por Decreto de Carlos III, en 1783, es notable la
Academia de Letrán, indisolublemente ligada a la figura epónima del Nigromante.
El 3 de julio de 1870 se instala en el salón de sesiones del Ayuntamiento de
Toluca, la Academia de Jurisprudencia del Estado de México, cuyo objetivo fue
prestar servicios útiles a la administración pública, invitando a todos los juristas
para que sean consultores de los jueces en las cuestiones difíciles que se
presentan en sus funciones. Los estatutos de la Academia se discutieron y
aprobaron el 31 de julio de 1870, su objeto estaba constituido por el estudio de la
ciencia jurídica, el mejoramiento de la legislación y administración, la resolución
de los problemas que plantea el gobierno, la enseñanza del derecho y la
protección o socorro mutuo de sus miembros, que inicialmente fueron 64 juristas8.
8 García Luna, M. “La Academia de Jurisprudencia del Estado de México en 1870” Revista de la Facultad de
Derecho de la U.A.E.M., febrero-abril 1985, p. 18.
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